Información importante sobre nuestras normas de contratación.  

FlexiBásico Terceros

 

Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria

 

El seguro de Responsabilidad Civil cubre las indemnizaciones de las que el conductor del vehículo asegurado deba responder, por los daños causados a las personas o bienes de un tercero, derivados de hechos de la circulación de los que resulte civilmente responsable.

 

Daños materiales hasta 15.000.000 € por siniestro Daños personales hasta 70.000.000 € por siniestro.

 

Responsabilidad Civil Voluntaria.

 

Esta garantía cubre las siguientes contingencias:

 

a) Los daños causados a terceros con motivo de la circulación del vehículo, y que excedan de la cobertura del Seguro de Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria, y hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares.
b) Las fianzas que los Tribunales puedan exigir al Asegurado o al Conductor en concepto de responsabilidad civil.
c) Gastos de Defensa y Asesoramiento Jurídico frente a la reclamación de un perjudicado, en procedimientos civiles, derivados de un siniestro amparado por la presente Póliza, y por ello, el Asegurador asumirá la dirección jurídica, el asesoramiento del Asegurado y designará a los abogados y procuradores que defenderán y representarán al Asegurado. d) Capital asegurado 50.000.000 €


Defensa jurídica y Reclamación de daños:

 

Qué le cubre:

 

Defensa Penal y Fianzas

 

La Entidad Aseguradora se compromete a realizar la defensa penal del Asegurado como conductor del vehículo y de cualquier conductor autorizado por aquel en caso de accidente de circulación, en los procedimientos penales seguidos contra él por faltas o delitos, con exclusión de los que se garantizan expresamente en la "Ampliación de defensa". Para ello, la Entidad Aseguradora constituirá la fianza exigida en la causa penal por accidente de circulación para garantizar la libertad provisional del Asegurado, hasta 3.000 euros.

 

Reclamación de Daños

 

Cuando el Asegurado deba presentar una reclamación como consecuencia del accidente de circulación del vehículo asegurado, la Entidad Aseguradora se compromete a realizar:

 

a) La reclamación contra el tercero responsable de los daños y perjuicios sufridos por el Tomador, Asegurado, propietario, conductor y ocupantes transportados gratis.
b) La reclamación contra el tercero responsable de los daños y perjuicios sufridos únicamente por el Tomador del seguro como peatón en accidente de circulación, siempre este no sea causado directa o indirectamente por el vehículo asegurado.
c) El anticipo de la indemnización reclamada cuando la responsable del pago sea una entidad aseguradora, no intervenida o inmersa en un proceso de liquidación y haya prestado conformidad escrita del pago en caso de reclamación amistosa.


Defensa en Infracciones Administrativas de Tráfico:

 

La Entidad Aseguradora se compromete a realizar la defensa vía administrativa por infracciones al Reglamento General de Circulación, Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial frente a denuncias y sanciones impuestas por las Jefaturas Provinciales de Tráfico u organismos de tráfico de las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos en territorio nacional, siempre que la propuesta de sanción exceda de 90 Euros y no corresponda a infracciones de estacionamiento indebido por cualquier causa.

 

Asesoramiento y Consulta Jurídica Telefónica: Se garantiza realizar asesoramiento jurídico telefónico, relativo a los conflictos que pudieran sobrevenir al Asegurado en relación con el vehículo señalado en el presente contrato, con exclusión de los que tengan su origen en el uso y circulación del vehículo.

Capitales Asegurados:

 

  • Defensa jurídica: ilimitada
  • Abogado, procurador particular: hasta 1500 €

Accidentes del conductor:

 

Cubre al conductor del vehículo cuando sea víctima de un accidente de circulación con dicho vehículo resultando con lesiones corporales y no exista un tercero responsable a quien poder reclamar.

  • • Muerte 3.000€ e invalidez permanente hasta 12.000€
  • • Asistencia Sanitaria: Gastos sanitarios hasta 3.000€ estando ilimitados en Centros de Salud Concertados, y una duración máxima de 3 años siguientes de ocurrir el siniestro

Daños al casco:

 

Cobertura hasta 230€ para reparación o reposición del casco, cuando a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza se produzca la rotura accidental del casco que impida su normal utilización o los daños producidos no aseguren el cumplimiento de su función de protección

 

Asistencia en viaje:

 

Desde km 0 para el vehículo (España, Europa y Países Ribereños), desde km 30 para las personas (km 15 en territorios insulares) en todo el mundo.

Para más información puedes consultar las Condiciones Generales aquí


FlexiConfort Terceros Ampliado Con Franquicia

 

Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria

 

El seguro de Responsabilidad Civil cubre las indemnizaciones de las que el conductor del vehículo asegurado deba responder, por los daños causados a las personas o bienes de un tercero, derivados de hechos de la circulación de los que resulte civilmente responsable.

 

Daños materiales hasta 15.000.000 € por siniestro Daños personales hasta 70.000.000 € por siniestro

 

Responsabilidad Civil Voluntaria.

 

Esta garantía cubre las siguientes contingencias:

 

a) Los daños causados a terceros con motivo de la circulación del vehículo, y que excedan de la cobertura del Seguro de Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria, y hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares.
b) Las fianzas que los Tribunales puedan exigir al Asegurado o al Conductor en concepto de responsabilidad civil.
c) Gastos de Defensa y Asesoramiento Jurídico frente a la reclamación de un perjudicado, en procedimientos civiles, derivados de un siniestro amparado por la presente Póliza, y por ello, el Asegurador asumirá la dirección jurídica, el asesoramiento del Asegurado y designará a los abogados y procuradores que defenderán y representarán al Asegurado.
d) Capital asegurado 50.000.000 €


Defensa jurídica y Reclamación de daños:

 

Qué le cubre:

 

Defensa Penal y Fianzas

La Entidad Aseguradora se compromete a realizar la defensa penal del Asegurado como conductor del vehículo y de cualquier conductor autorizado por aquel en caso de accidente de circulación, en los procedimientos penales seguidos contra él por faltas o delitos, con exclusión de los que se garantizan expresamente en la "Ampliación de defensa". Para ello, la Entidad Aseguradora constituirá la fianza exigida en la causa penal por accidente de circulación para garantizar la libertad provisional del Asegurado, hasta 3.000 euros.

 

Reclamación de Daños

 

Cuando el Asegurado deba presentar una reclamación como consecuencia del accidente de circulación del vehículo asegurado, la Entidad Aseguradora se compromete a realizar:

 

a) La reclamación contra el tercero responsable de los daños y perjuicios sufridos por el Tomador, Asegurado, propietario, conductor y ocupantes transportados gratis.
b) La reclamación contra el tercero responsable de los daños y perjuicios sufridos únicamente por el Tomador del seguro como peatón en accidente de circulación, siempre este no sea causado directa o indirectamente por el vehículo asegurado.
c) El anticipo de la indemnización reclamada cuando la responsable del pago sea una entidad aseguradora, no intervenida o inmersa en un proceso de liquidación y haya prestado conformidad escrita del pago en caso de reclamación amistosa.


Defensa en Infracciones Administrativas de Tráfico:

 

La Entidad Aseguradora se compromete a realizar la defensa vía administrativa por infracciones al Reglamento General de Circulación, Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial frente a denuncias y sanciones impuestas por las Jefaturas Provinciales de Tráfico u organismos de tráfico de las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos en territorio nacional, siempre que la propuesta de sanción exceda de 90 Euros y no corresponda a infracciones de estacionamiento indebido por cualquier causa.

 

Asesoramiento y Consulta Jurídica Telefónica:

 

Se garantiza realizar asesoramiento jurídico telefónico, relativo a los conflictos que pudieran sobrevenir al Asegurado en relación con el vehículo señalado en el presente contrato, con exclusión de los que tengan su origen en el uso y circulación del vehículo.

 

Capitales Asegurados:

 

  • • Defensa jurídica: ilimitada
  • • Abogado, procurador particular: hasta 1500 €

Accidentes del conductor:

 

Cubre al conductor del vehículo cuando sea víctima de un accidente de circulación con dicho vehículo resultando con lesiones corporales y no exista un tercero responsable a quien poder reclamar.

  • • Muerte 3.000€ e invalidez permanente hasta 12.000€
  • • Asistencia Sanitaria: Gastos sanitarios hasta 3.000€ estando ilimitados en Centros de Salud Concertados, y una duración máxima de 3 años siguientes de ocurrir el siniestro.

Daños al casco:

 

Cobertura hasta 230€ para reparación o reposición del casco, cuando a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza se produzca la rotura accidental del casco que impida su normal utilización o los daños producidos no aseguren el cumplimiento de su función de protección

Asistencia en viaje (opcional): Desde km 0 para el vehículo (España, Europa y Países Ribereños), desde km 30 para las personas (km 15 en territorios insulares) en todo el mundo.

 

Robo Con Franquicia:

 

a) La indemnización por desaparición del vehículo asegurado, o por sustracción parcial de las partes fijas del mismo.
b) La reparación o reposición de las partes dañadas en el vehículo asegurado y sus elementos fijos por intento de sustracción o mientras haya estado sustraído.


Incendio Con Franquicia:

 

La reparación o reposición de las partes dañadas accidentalmente por Incendio, explosión y caída del rayo, tanto en circulación como en reposo o durante su transporte.

 

Rotura del Faro del Vehículo Asegurado con Franquicia

 

La Entidad Aseguradora asumirá el pago de la reposición o reparación del faro o faros que formen el sistema de alumbrado correspondiente a las luces de cruce y posición delanteras de la motocicleta, integrantes del vehículo a su salida de fábrica en su modelo estándar o declarados como accesorio cuando se produzca la rotura accidental de los mismos, el límite máximo de cobertura será de 120 euros.

Para más información puedes consultar las Condiciones Generales aquí


FlexiConfort Terceros Ampliado y Perdida Total Con Franquicia

 

Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria

 

El seguro de Responsabilidad Civil cubre las indemnizaciones de las que el conductor del vehículo asegurado deba responder, por los daños causados a las personas o bienes de un tercero, derivados de hechos de la circulación de los que resulte civilmente responsable.

 

Daños materiales hasta 15.000.000 € por siniestro Daños personales hasta 70.000.000 € por siniestro

 

Responsabilidad Civil Voluntaria.

 

Esta garantía cubre las siguientes contingencias:

 

a) Los daños causados a terceros con motivo de la circulación del vehículo, y que excedan de la cobertura del Seguro de Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria, y hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares.
b) Las fianzas que los Tribunales puedan exigir al Asegurado o al Conductor en concepto de responsabilidad civil.
c) Gastos de Defensa y Asesoramiento Jurídico frente a la reclamación de un perjudicado, en procedimientos civiles, derivados de un siniestro amparado por la presente Póliza, y por ello, el Asegurador asumirá la dirección jurídica, el asesoramiento del Asegurado y designará a los abogados y procuradores que defenderán y representarán al Asegurado.
d) Capital asegurado 50.000.000 €


Defensa jurídica y Reclamación de daños:

 

Qué le cubre:

 

Defensa Penal y Fianzas

 

La Entidad Aseguradora se compromete a realizar la defensa penal del Asegurado como conductor del vehículo y de cualquier conductor autorizado por aquel en caso de accidente de circulación, en los procedimientos penales seguidos contra él por faltas o delitos, con exclusión de los que se garantizan expresamente en la "Ampliación de defensa". Para ello, la Entidad Aseguradora constituirá la fianza exigida en la causa penal por accidente de circulación para garantizar la libertad provisional del Asegurado, hasta 3.000 euros.

 

Reclamación de Daños

 

Cuando el Asegurado deba presentar una reclamación como consecuencia del accidente de circulación del vehículo asegurado, la Entidad Aseguradora se compromete a realizar:

a) La reclamación contra el tercero responsable de los daños y perjuicios sufridos por el Tomador, Asegurado, propietario, conductor y ocupantes transportados gratis.
b) La reclamación contra el tercero responsable de los daños y perjuicios sufridos únicamente por el Tomador del seguro como peatón en accidente de circulación, siempre este no sea causado directa o indirectamente por el vehículo asegurado.
c) El anticipo de la indemnización reclamada cuando la responsable del pago sea una entidad aseguradora, no intervenida o inmersa en un proceso de liquidación y haya prestado conformidad escrita del pago en caso de reclamación amistosa.


Defensa en Infracciones Administrativas de Tráfico:

 

La Entidad Aseguradora se compromete a realizar la defensa vía administrativa por infracciones al Reglamento General de Circulación, Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial frente a denuncias y sanciones impuestas por las Jefaturas Provinciales de Tráfico u organismos de tráfico de las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos en territorio nacional, siempre que la propuesta de sanción exceda de 90 Euros y no corresponda a infracciones de estacionamiento indebido por cualquier causa.

 

Asesoramiento y Consulta Jurídica Telefónica:

 

Se garantiza realizar asesoramiento jurídico telefónico, relativo a los conflictos que pudieran sobrevenir al Asegurado en relación con el vehículo señalado en el presente contrato, con exclusión de los que tengan su origen en el uso y circulación del vehículo.

 

Capitales Asegurados:


• Defensa jurídica: ilimitada
• Abogado, procurador particular: hasta 1500 €

 

Accidentes del conductor:


Cubre al conductor del vehículo cuando sea víctima de un accidente de circulación con dicho vehículo resultando con lesiones corporales y no exista un tercero responsable a quien poder reclamar.

 

• Muerte 3.000€ e invalidez permanente hasta 12.000€
• Asistencia Sanitaria: Gastos sanitarios hasta 3.000€ estando ilimitados en Centros de Salud Concertados, y una duración máxima de 3 años siguientes de ocurrir el siniestro.

 

Daños al casco:

 

Cobertura hasta 230€ para reparación o reposición del casco, cuando a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza se produzca la rotura accidental del casco que impida su normal utilización o los daños producidos no aseguren el cumplimiento de su función de protección.

 

Asistencia en viaje:

 

Desde km 0 para el vehículo (España, Europa y Países Ribereños), desde km 30 para las personas (km 15 en territorios insulares) en todo el mundo.

 

Robo Con Franquicia:

 

a) La indemnización por desaparición del vehículo asegurado, o por sustracción parcial de las partes fijas del mismo.
b) La reparación o reposición de las partes dañadas en el vehículo asegurado y sus elementos fijos por intento de sustracción o mientras haya estado sustraído.

 

Incendio Con Franquicia:

 

La reparación o reposición de las partes dañadas accidentalmente por Incendio, explosión y caída del rayo, tanto en circulación como en reposo o durante su transporte.

 

Rotura del Faro del Vehículo Asegurado con Franquicia

 

La Entidad Aseguradora asumirá el pago de la reposición o reparación del faro o faros que formen el sistema de alumbrado correspondiente a las luces de cruce y posición delanteras de la motocicleta, integrantes del vehículo a su salida de fábrica en su modelo estándar o declarados como accesorio cuando se produzca la rotura accidental de los mismos, el límite máximo de cobertura será de 120 euros.

 

Daños Limitados a Perdida Total:

 

La entidad aseguradora asumirá el pago de una indemnización por pérdida total del vehículo asegurado como consecuencia de choque, incendio y rotura del faro.



Para más información puedes consultar las Condiciones Generales aquí



FlexiVip Todo Riesgo Con Franquicia

 

Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria

 

El seguro de Responsabilidad Civil cubre las indemnizaciones de las que el conductor del vehículo asegurado deba responder, por los daños causados a las personas o bienes de un tercero, derivados de hechos de la circulación de los que resulte civilmente responsable.

 

Daños materiales hasta 15.000.000 € por siniestro Daños personales hasta 70.000.000 € por siniestro

 

Responsabilidad Civil Voluntaria.

 

Esta garantía cubre las siguientes contingencias:

 

a) Los daños causados a terceros con motivo de la circulación del vehículo, y que excedan de la cobertura del Seguro de Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria, y hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares.
b) Las fianzas que los Tribunales puedan exigir al Asegurado o al Conductor en concepto de responsabilidad civil.
c) Gastos de Defensa y Asesoramiento Jurídico frente a la reclamación de un perjudicado, en procedimientos civiles, derivados de un siniestro amparado por la presente Póliza, y por ello, el Asegurador asumirá la dirección jurídica, el asesoramiento del Asegurado y designará a los abogados y procuradores que defenderán y representarán al Asegurado.
d) Capital asegurado 50.000.000 €


Defensa jurídica y Reclamación de daños:

 

Qué le cubre:

 

Defensa Penal y Fianzas

 

La Entidad Aseguradora se compromete a realizar la defensa penal del Asegurado como conductor del vehículo y de cualquier conductor autorizado por aquel en caso de accidente de circulación, en los procedimientos penales seguidos contra él por faltas o delitos, con exclusión de los que se garantizan expresamente en la "Ampliación de defensa". Para ello, la Entidad Aseguradora constituirá la fianza exigida en la causa penal por accidente de circulación para garantizar la libertad provisional del Asegurado, hasta 3.000 euros.

 

Reclamación de Daños

 

Cuando el Asegurado deba presentar una reclamación como consecuencia del accidente de circulación del vehículo asegurado, la Entidad Aseguradora se compromete a realizar:

a) La reclamación contra el tercero responsable de los daños y perjuicios sufridos por el Tomador, Asegurado, propietario, conductor y ocupantes transportados gratis.
b) La reclamación contra el tercero responsable de los daños y perjuicios sufridos únicamente por el Tomador del seguro como peatón en accidente de circulación, siempre este no sea causado directa o indirectamente por el vehículo asegurado.
c) El anticipo de la indemnización reclamada cuando la responsable del pago sea una entidad aseguradora, no intervenida o inmersa en un proceso de liquidación y haya prestado conformidad escrita del pago en caso de reclamación amistosa.


Defensa en Infracciones Administrativas de Tráfico:

 

La Entidad Aseguradora se compromete a realizar la defensa vía administrativa por infracciones al Reglamento General de Circulación, Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial frente a denuncias y sanciones impuestas por las Jefaturas Provinciales de Tráfico u organismos de tráfico de las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos en territorio nacional, siempre que la propuesta de sanción exceda de 90 Euros y no corresponda a infracciones de estacionamiento indebido por cualquier causa.

 

Asesoramiento y Consulta Jurídica Telefónica:

 

Se garantiza realizar asesoramiento jurídico telefónico, relativo a los conflictos que pudieran sobrevenir al Asegurado en relación con el vehículo señalado en el presente contrato, con exclusión de los que tengan su origen en el uso y circulación del vehículo.

 

Capitales Asegurados:


• Defensa jurídica: ilimitada
• Abogado, procurador particular: hasta 1500 €

 

Accidentes del conductor:


Cubre al conductor del vehículo cuando sea víctima de un accidente de circulación con dicho vehículo resultando con lesiones corporales y no exista un tercero responsable a quien poder reclamar.

 

• Muerte 3.000€ e invalidez permanente hasta 12.000€
• Asistencia Sanitaria: Gastos sanitarios hasta 3.000€ estando ilimitados en Centros de Salud Concertados, y una duración máxima de 3 años siguientes de ocurrir el siniestro.

 

Daños al casco:

 

Cobertura hasta 230€ para reparación o reposición del casco, cuando a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza se produzca la rotura accidental del casco que impida su normal utilización o los daños producidos no aseguren el cumplimiento de su función de protección.

 

Asistencia en viaje:

 

Desde km 0 para el vehículo (España, Europa y Países Ribereños), desde km 30 para las personas (km 15 en territorios insulares) en todo el mundo.

 

Robo Con Franquicia:

 

a) La indemnización por desaparición del vehículo asegurado, o por sustracción parcial de las partes fijas del mismo.
b) La reparación o reposición de las partes dañadas en el vehículo asegurado y sus elementos fijos por intento de sustracción o mientras haya estado sustraído.

 

Incendio Con Franquicia:

 

La reparación o reposición de las partes dañadas accidentalmente por Incendio, explosión y caída del rayo, tanto en circulación como en reposo o durante su transporte.

 

Rotura del Faro del Vehículo Asegurado con Franquicia

 

La Entidad Aseguradora asumirá el pago de la reposición o reparación del faro o faros que formen el sistema de alumbrado correspondiente a las luces de cruce y posición delanteras de la motocicleta, integrantes del vehículo a su salida de fábrica en su modelo estándar o declarados como accesorio cuando se produzca la rotura accidental de los mismos, el límite máximo de cobertura será de 120 euros.

 

Daños Propios con Franquicia:

 

La reparación o reposición de las partes dañadas accidentalmente en el vehículo asegurado, tanto en circulación como en reposo o durante su transporte, resultantes de:


a) Choque: con un cuerpo fijo o móvil, o por vuelco.
b) Incendio, explosión, caída de rayo.



Para más información puedes consultar las Condiciones Generales aquí


KITS (Opcionales)

Kit Moto

Consiste en un paquete de coberturas, pensadas especialmente para proteger la moto asegurada:


  • • Valor a nuevo de la moto el primer año, y valor venal mejorado para el segundo año.
  • • Cobertura en caso de pinchazos y reventones (hasta 50 euros por rueda con un máximo de 100 euros).
  • • Indemnización de 35 euros diarios por un periodo máximo de 7 días, en los casos de inmovilización de la moto por accidente.


Kit Motorista

Consiste en un paquete de coberturas, pensadas especialmente para proteger al motorista:


  • • Ampliación de la cobertura de Daños al Casco, con un límite de 500 euros por casco (Con un máximo total de la cobertura de 1.000 euros)
  • • Cobertura de la equipación de motorista, hasta un límite de 1.000 euros.
  • • Seguro para el tomador en caso de accidente con otra moto, ya sea como conductor u ocupante.


Kit Ayuda

Consiste en un paquete de coberturas, pensadas especialmente para ayudaren caso de siniestro al motorista:


  • • Indemnización de 40 euros diarios, por un período máximo de 60 días, en caso de hospitalización
  • • Adecuación de la vivienda, en caso de invalidez, con un límite máximo de 30.000 euros.
  • • Segunda opinión médica .


 

Esta descripción es de carácter informativo, en caso de contratación estará sujeto a lo indicado en las Condiciones Generales.